Disposición BOE sobre medidas urgentes y protección de deudores hipotecarios

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JEFATURA DEL ESTADO: Medidas urgentes. Protección de deudores hipotecarios.

Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios.

BOE Núm. 276, de 16 de noviembre de 2012.

A destacar, lo referente en materia de discapacidad:

"1. Hasta transcurridos dos años desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, no procederá el lanzamiento cuando en un proceso judicial o extrajudicial de ejecución hipotecaria se hubiera adjudicado el acreedor, o a persona que actúe por su cuenta, la vivienda habitual de personas que se encuentren  en los supuestos de especial vulnerabilidad y en las circunstancias económicas previstas en este artículo.

2. Los supuestos de especial vulnerabilidad a los que se refiere el apartado anterior son:

d) Unidad familiar en la que alguno de sus miembros tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral."

 

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